Colegio

La Estadística de Profesionales Sanitarios Colegiados en 2019 del INE nos muestra el perfil del colegiado

Según refleja la Estadística de Profesionales Sanitarios Colegiados en 2019, publicada el 29 mayo de 2020 por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a 31 de diciembre éramos 718 dentistas en la provincia de Las Palmas. En Canarias, el número total de dentistas es de 1.438, de los que 718 ejercen en la provincia de Las Palmas y 720 en la de Santa Cruz de Tenerife. El el número de dentistas se ha incrementado en el territorio nacional un 4,42%.

De la estadística publicada por el INE, cabe destacar tres aspectos en nuestra provincia: 

1. Se ralentiza el crecimiento del número de colegiados

El número total de colegiados en el Colegio de Dentistas de Las Palmas, a 31 de diciembre de 2019 es de 718, lo que representa un 2,28% más que en 2018 (702)

En 2019, con respecto al año anterior, descendió a la mitad el crecimiento de colegiados: 16 menos que en 2018, año en el que sumamos 32 colegiados más que en 2017

2. Se constata la feminización de la profesión

Aunque en el cómputo global de 718 colegiados el número de hombres (379) supera al de mujeres (339), entre los colegiados más jóvenes, menores de 35 años (153), el número de mujeres (101) casi duplica al de dentistas hombres (52)

En el quinquenio 2015-2019, el incremento de colegiados hombres ha sido de un 8,90% y el de colegiadas mujeres se eleva a un 19,78%

3. Casi la mitad de colegiados tiene entre 35 y 44 años

Casi la mitad de los colegiados (45,93%), tiene entre 35 y 44 años. Más de la mitad (52,50%) se sitúa en el rango 35-54 años

Menores de 35 años: 153 dentistas / Entre 35 y 44 años: 226 dentistas / Entre 45 y 54 años: 151 dentistas / Entre 55 y 64 años: 117 dentistas / Entre 65 y 69 años: 39 dentistas / Más de 70 años: 32 dentistas

Día Mundial Sin Tabaco: la revisión dental semestral, fundamental en la prevención de las patologías orales causadas por el tabaco

Cabecera FB Mayo Fumadores

La Fundación Canaria Dental y el Colegio de Dentistas de Las Palmas, con motivo del Día Mundial Sin Tabaco que se celebra el 31 de Mayo, en su compromiso con la lucha antitabaco, nos advierten sobre los efectos adversos que el tabaco tiene para la salud bucodental y general, y sobre la importancia de la prevención mediante las revisiones odontológicas semestrales. Asimismo, nos recuerda que los dentistas pueden prestar apoyo a la hora de ayudar a los pacientes a abandonar el hábito del tabaco.

Los dentistas pueden detectar los efectos perjudiciales del tabaco en la boca y ayudar a los pacientes a combatirlos. Además, en cuanto que profesionales sanitarios, los dentistas pueden prestar apoyo a la hora de ayudar a los pacientes a abandonar el hábito del tabaco. 

Fumar incide de forma adversa en aspectos no deseables que van desde el mal aliento o las manchas que ocasionadas en los dientes, hasta otras consecuencias más peligrosas para la salud, al afectar, entre otros, a los tratamientos bucales (implantes dentales, tratamiento periodontal, etc.), producir enfermedad periodontal y ser causa de lesiones orales (alteración de las mucosas, leucoplasia, etc.) o provocar un mayor riesgo de padecer cáncer oral.

El principal peligro del cáncer oral radica en su tardío diagnóstico, que provoca la muerte de más del 25% de los pacientes. La biopsia oral, que puede realizar el dentista, es el mejor medio para saber si una lesión oral es un cáncer o un precáncer, con lo que podrá realizarse un diagnóstico precoz y mejorar las probabilidades de supervivencia del paciente.

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Las clínicas dentales de Las Palmas reabren con la seguridad de siempre

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de mayo de 2020.- El Colegio de Dentistas de Las Palmas quiere trasladar a la ciudadanía un mensaje de confianza ante la reanudación paulatina de la actividad de las clínicas dentales, destacando que, “desde siempre”, los dentistas han extremado las medidas de protección frente a virus y bacterias y que, por lo tanto, reabren sus puertas para atender a sus pacientes “con la misma seguridad que siempre les ha caracterizado”.

La revisión continua de los protocolos de higiene, limpieza y desinfección, y su estricta aplicación, es una práctica sistemática de las clínicas dentales, implementada desde hace muchos hace años para hacer frente a todo tipo de infecciones. Ahora, frente a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, las medidas de protección en las consultas se están reforzando, “aún más, si cabe”.

Francisco Cabrera Panasco, presidente de la entidad colegial, destaca que, para los dentistas, “la salud de nuestros pacientes siempre ha sido una prioridad absoluta” y que para garantizar, en este momento, la mayor protección frente al Covid-19, “las clínicas dentales están estableciendo nuevas medidas de bioseguridad, recogidas en los protocolos y recomendaciones de las autoridades sanitarias y sociedades científicas, del Colegio de Dentistas de Las Palmas y del Consejo General de Dentistas de España, sobre cuya actualización, nuestro Colegio mantiene permanentemente informados a los dentistas de la provincia”.

Estas nuevas medidas de protección se centran tanto en la actividad profesional de los dentistas como en las pautas que deben seguir los pacientes, e inciden en aspectos tales como la organización de los espacios de la clínica; la relación con los pacientes y su protección, así como la del personal clínico y no clínico; las precauciones a adoptar durante los tratamientos, y la adopción de las normas de bioseguridad necesarias.

“Las clínicas dentales son espacios de máxima seguridad”, destaca el presidente de los dentistas de Las Palmas, quien recuerda a los pacientes la importancia de proseguir con sus tratamientos bucodentales, acudir a la revisión semestral y pedir cita con el dentista para consultar lo que necesite, especialmente, en el caso de anomalías o posibles patologías bucodentales “puesto que debe evitarse que estas se agraven y acaben afectando no solo a la salud de su boca sino a su salud general”. 

10 Pautas generales que debe seguir el paciente para acudir a la clínica dental

  1. Pedir cita previa (no acudir a la clínica sin ella) y responder a las preguntas que le hagan, de cara a organizar la adecuada atención 
  2. Si no puede asistir a la cita fijada, debe llamar para posponerla
  3. Ser puntual para contribuir a la correcta organización de las visitas
  4. Retirar los objetos accesorios antes de ir a la clínica (pulseras, pendientes, collares, etc.)
  5. Cepillarse los dientes previamente
  6. Acudir a la cita sin acompañante, salvo en caso necesario (niños o pacientes especiales) 
  7. Seguir las indicaciones de higiene y protección que le sean dadas al llegar (desinfección de manos con solución hidroalcohólica, colocación de gorro, calzas, etc.)
  8. Mantener la distancia de seguridad con otros pacientes
  9. Limitar el acceso a zonas comunes mientras espera
  10. Evitar el contacto con dinero en efectivo y usar para el pago, preferiblemente, móvil o tarjeta

 

Informe sobre climatización, purificación del aire y aireación en área clínica dental

Las medidas de seguridad que se aconsejan adoptar para la vuelta a la actividad en las clínicas dentales para impedir el contagio por COVID-19 están generando importantes dudas, especialmente, la recomendación de “no utilizar el aire acondicionado centralizado si conecta áreas comunes con área clínica”.

Para dar respuesta a esta cuestión, el Consejo General de Dentistas ha elaborado un informe con recomendaciones sobre climatización, purificación del aire y aireación en área clínica dental aunque la evidencia actual es sumamente escasa y está en continua revisión.

Por ello, la mayoría de los protocolos internacionales recomiendan que cada dentista consulte con el proveedor de su climatización al objeto de informarse con relación al tipo de ventilación instalado y a los posibles filtros.

Además, todos los protocolos, sin excepción, recomiendan minimizar la aerolización del área clínica, manteniendo la puerta cerrada y ventilando después de cada paciente. Estas recomendaciones se acompañan del uso de aspiración de alto flujo, así como del aislamiento absoluto. Asimismo, muchos recomiendan la instalación de algún sistema de ventilación y/o purificación del aire para los gabinetes sin posibilidad de ventilación natural o en los que sea necesaria por razones climáticas.

En este informe, según señala el Consejo General, se plasman las precisiones técnicas según el sistema de climatización, purificación y aireación de aire, y toda la bibliografía existente sobre este asunto.

Reapertura de las clínicas dentales

El domingo 3 de mayo, se publicó, entre otras, la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

Si bien esta normativa resulta poco clara y es interpretable, conforme se expone en la circular explicativa elaborada por el Colegio, encontramos que hay argumentos suficientes que justifican la vuelta a la normalidad de la actividad de las clínicas dentales.

Conclusiones de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo

1. La interpretación finalista de la Orden SND/388/2020, indica que las clínicas dentales que reúnan los requisitos del punto siguiente pueden reiniciar su actividad normal, no sólo urgencias, a partir del 4 de mayo de 2020.

2. No están habilitadas para reanudar los tratamientos normales, y sólo podrán atender urgencias, las clínicas dentales que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados, así como aquellas que se encuentren dentro de un centro comercial o parque comercial, sin acceso directo o independiente desde el exterior.

3. Las clínicas dentales que reanuden la atención normal a pacientes estarán obligadas a:

  • a) Establecimiento sistema de cita previa
  • b) Garantía de atención individualizada
  • c) Establecimiento de sistema de atención preferente a mayores de 65 años

4. Además, las clínicas dentales que reanuden la actividad normal a pacientes estarán obligadas a realizar, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características, conforme a las pautas fijadas en la Orden SND-388-2020, así como a los protocolos aprobados o recomendados a tal efecto por el Consejo General de Dentistas de España ('Plan Estratégico de Acción para el periodo de desescalada Covid-19​, vers. 1 de mayo). 

5. Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.

Cuando en el establecimiento o local vaya a permanecer más de un trabajador atendiendo al público, las medidas de limpieza se extenderán no sólo a la zona comercial, si no también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.

Asimismo, se procederá́ al lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo, en su caso, que deberán lavarse de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.

Todos los establecimientos y locales deberán disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente y al menos una vez al día.

6. No se permitirá la reincorporación de trabajadores que, en el momento de la reapertura del establecimiento comercial, estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de COVID-19 o tengan alguno de los síntomas compatibles con el COVID-19, o de trabajadores que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.

7. El titular de la actividad económica que se realice en el establecimiento o local deberá cumplir, en todo caso, con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID19 y se asegurará que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo y tengan permanentemente a su disposición, en el lugar de trabajo, geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos o, cuando esto no sea posible, agua y jabón.

El uso de mascarillas será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente 2 metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios trabajadores.

Todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los citados equipos de protección.

Asimismo, será aplicable también a todos los trabajadores de terceras empresas que presten servicios en el local o establecimiento, ya sea con carácter habitual o de forma puntual.

8. La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo presentes en el centro se modificarán, en la medida necesaria, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 ms. entre los trabajadores, siendo esto responsabilidad del titular de la actividad económica o de la persona en quien este delegue.

9. En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las clínicas dentales, se deberá utilizar el equipo de protección individual oportuno que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de 2 ms. entre un cliente y otro.

Asimismo, las medidas de distancia deberán cumplirse, en su caso, en los vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores, así como en las áreas de descanso, comedores, cocinas y cualquier otra zona de uso común.

10. Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la Comunidad Autónoma o centro de salud correspondiente. El trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

11. El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los pacientes puedan ser atendidos.

En los establecimientos en los que sea posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo deberá́ señalarse de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de 2 ms. entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización. En todo caso, la atención a los clientes no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo trabajador.

Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada del local, y deberán estar siempre en condiciones de uso.

12. Los titulares, propietarios de las consultas dentales que se hayan acogido a un ERTE por fuerza mayor, no estarán obligados a incorporar a todo el personal de la consulta, sino que podrán optar por desafectar progresivamente a sus trabajadores previa comunicación al SEPE. Hay que tener presente que el ERTE por fuerza mayor puede mantenerse mientras dure el estado de alarma. 

13. Los dentistas, trabajadores autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria, CATA, por cese de actividad o pérdidas superiores al 75% de la facturación del semestre, que puedan abrir sus negocios al inicio de la desescalada, seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma.

Atención segura de los pacientes y protección del personal de la consulta

El 'Plan Estratégico de Acción para el periodo de desescalada Covid-19​', elaborado por el Consejo General de Dentistas de España​ (versión actualizada, 1 de mayo), expone las líneas maestras de protección y reducción de riesgos de transmisión en cualquier consultorio dental, según la evidencia científica disponible hasta el momento sobre el COVID-19.